¿Quiénes pertenecen/cotizan a los regímenes de pensiones del Magisterio Nacional?

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El Magisterio Nacional tiene dos regímenes de pensiones: el Régimen Transitorio de Reparto (RTR) y el Régimen de Capitalización Colectiva (RCC):

  • Al RTR pertenecen los trabajadores de la educación, docentes y personal administrativo, que ingresaron a laborar en educación por primera vez antes del 15 de julio de 1992 según lo establece Ley Marco de Pensiones 7302.
  • Al RCC pertenecen los trabajadores de la educación, docentes y personal administrativo, que ingresaron a laborar en educación por primera vez a partir del 15 de julio de 1992 según lo establece Ley Marco de Pensiones 7302.

Las personas que cotizan al Magisterio Nacional, según la Ley 7531 y sus reformas son:

  • Las que desempeñan cargos docentes, tal y como lo define el artículo 54 de la ley de carrera docente, en instituciones educativas, públicas o privadas, de enseñanza preescolar, enseñanza general básica, educación diversificada y en las universidades estatales.
  • El personal administrativo del MEP y de los centros educativos mencionados en el punto anterior.
  • Los funcionarios del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA).
  • Los colegios universitarios (CUNA, CUC, CUN, CUP).
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