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| Los requisitos para hacer el estudio son los siguientes, según el Artículo 7 del Reglamento de Crédito Préstamos Personales del RCC: | ||||||||||||||||||||||||||||||
1-Ser cotizante del Régimen del Magisterio Nacional o Pensionado o Jubilado por derecho propio. 2- Constancias y desgloses de los salarios nominales y líquidos de los últimos tres meses libres de embargos. Así como la P21 en el caso de los trabajadores del MEP. Solo se considerará el ingreso fijo que reporte su patrono como servidor del Magisterio Nacional y no se tomaran en cuenta los ecargos, los documentos deben tener la firma y sello correspondiente (no aplica para pensionados). Del ingreso líquido de deudores y fiadores, se deducirán las cuotas de fianzas de créditos vigentes con la Institución, así como las fianzas cruzadas en créditos nuevos. 3- Fotocopia de la cédula de identidad vigente por ambos lados, tanto del deudor como del (los) fiador (es). 4- Documento de calificación de riesgo de la SUGEF (Revisar que esté completo y que se imprima correctamente). Debe solicitarse en cualquier ntidad bancaria con la que el cliente tenga relación, según el acuerdo SUGEF 7-06 (art.7 y 9) Se rechazarán deudores y fiadores con calificación mala o deficiente. Las obligaciones de deudores y fiadores deben estar al día. 5- Estados de cuenta de las operaciones con otras instituciones que presenten las siguientes condiciones: que no se reporten en la planilla, con menos de un mes de haber sido formalizadas, o que hayan presentado un atraso igual o mayor a 30 días. 6- El deudor deberá presentar certificación de cuenta cliente en la que se realizará el depósito del crédito. No aplica para pensionados. 7- En el caso de que el solicitante sea extranjero, sólo se aceptarán aquellos cotizantes que posean cédula de residencia vigente y con al menos seis meses de laborar para el mismo patrono. 8- Aportar el nombre, la dirección exacta y el teléfono de dos personas a través de las cuales le podamos contactar, que no vivan con el solicitante. 9- Aportar de uno a tres fiadores solidarios y/o codeudores pensionados, jubilados o afiliados activos, cotizantes del Magisterio Nacional, de acuerdo al monto solicitado, los cuales deberán cumplir con los requisitos establecidos en los puntos 1,2,3, 4 y 5.
10- Los fiadores pueden sustituirse por una garantía hipotecaria en primer grado a favor de la Junta de Pensiones, sujeta a avalúo, el cual deberá ser cubierto por el solicitante. Para iniciar el trámite debe presentar: copia certificada del plano catastrado, certificación del Registro Nacional, certificación de la municipalidad que muestre que la propiedad se encuentra al día en el pago de impuestos municipales. En caso de ser necesario, tanto el deudor como los fiadores, deberán presentar y cumplir con los documentos, requisitos y garantías adicionales que le solicite el Área de Crédito del Departamento Financiero |
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La recepción de documentos o pago de avalúo NO compromete a la Junta de Pensiones a la aprobación del crédito. La tasa de interés es revisable. (Tasa actual: 17.28%) El monto del avalúo no es reembolsable si se desiste de la operación o si el crédito es denegado en créditos con garantía hipotecaria. El plazo máximo es de 10 años, sujeto a variaciones según lo estime el Área de Crédito. Máximo 2 fianzas por persona. El estudio de la solicitud podrá realizarse una vez que se entregue la documentación completa en nuestras oficinas. El tipo de fiador requerido varía respecto a la condición laboral del solicitante, que debe: |
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| Además, contamos con sucursales en: | ||||||||||||||||||||||||||||||
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| www.juntadepensiones.cr - Central Telefónica: 22-84-65-00 | ||||||||||||||||||||||||||||||